Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el juicio incoado por YSRRAEL MATOS, ROBERT MEDINA, JOSÉ MARIA MEDINA, SILIANO MEDINA, HUMBERTO MELEAN, MARIN MELENDEZ Y NILO MENA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 5.570.918, 7.313.755, 12.691.887, 4.385.394, 6.298.041,1.421.469 y 3.044.040 respectivamente en contra de la demandada CEMEX DE VENEZUELA C.A y como consecuencia de ello la extinción del proceso.
SEGUNDO: Se ordena el archivo del expediente y la remisión del mismo al Depósito de Expediente del Archivo Judicial Regional.
TERCERO: No hay condenatoria en costas en atención a lo dispuesto en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, por aplicación analógica según remisión expr.....