Es por estos razonamientos que este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos YANIRA DEL CARMEN VASQUEZ DE GARCIA Y NELSON ENRIQUE GARCIA FRANCO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad número V-13.226.829 y V-16.414.331, respectivamente, domiciliada la primera en la Urbanización Villa Araure I, sector La Lagunita, avenida 10, casa N° 61; Municipio Araure Estado Portuguesa y el segundo en el Sector divino Niño, avenida 8, casa N° 36, Municipio Araure Estado Portuguesa; asistidos por la Abogada en ejercicio YADIRA DEL CARMEN VALERA PEREZ, venezolana, titular de la cedula de identidad N° V-12.088.450 inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 221.814. de conformid.....