DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara PROCEDENTE la MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA propuesta, y se ordena la suspensión de efectos del Providencia Administrativa la N° 029- 2025 dictada por la Inspectoría del Trabajo contenido en el expediente N° 001-2025-00025 de fecha 14/03/2024 y la continuidad del procedimiento administrativo llevado en dicho expediente por ante la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Páez, Araure, Turén, Esteller, Santa Rosalía, Agua Blanca y San Rafael de Onoto del estado Portuguesa, hasta tanto sea decidido la presente acción del Recurso Nulidad del Acto Administrativo.
SEGUNDO: Se ordena oficiar a la Inspectoría del Trabajo de Acarigua estado Portuguesa, a los fines que proceda a .....