Este Juzgado al apreciar los términos  de la transacción celebrada constata que la misma no vulnera normas  de Orden Publico ni derechos irrenunciables del trabajador  por lo que de conformidad con lo establecido en el  parágrafo único del Articulo 3 de la Ley Orgánica del trabajo en concordancia  con los artículos 9 y 10 del reglamento del y por cuanto en el referido escrito de  transacción el trabajador declara recibir a su entera y cabal notificación la Cantidad de Treinta y dos mil quinientos setenta Bolívares con sesenta y seis céntimos ( Bs 32.570,66) mediante cheque Nº 00220681 por la referida suma de dinero  librado contra la cuenta corriente Nº 0108-0001-32-0900000028 del B.B.V.A Banco Provincial del 18 de Febrero de 2010 este Tribunal le imparte  su homologación  quedando  el acto como cosa Juzgada, se  acuerda la expedición de las tres (3) copias certificadas requeridas de la Transacción  y de la presente decisión  y se  establece que una vez me conste en actos el retiro de .....