DECISIÓN
Por la motivación que antecede, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por el ciudadano ANGEL PASCUAL SOLORZANO, titular de la cedula de identidad Nº V-5.566.124, Presidente de la ASOCIACION CIVIL UNION DE CONDUCTORES PUERTO ESCONDIDO, inscrita ante la Oficina Subalterna del Cuarto Circuito de Registro del Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha 26 de septiembre de 1996, bajo el Nº 12, Tomo 19, Protocolo Primero, debidamente asistido por el abogado RAFAEL ALBERTO DIAZ ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 23.128, contra la Providencia Administrativa Nº 0633-2008, expediente Nº 079-2007-01.01131, de fecha 11 de noviembre de 2008, dictada por la INSPECTORIA DEL TRABAJO "PEDRO ORTEGA DIAZ", Sede Caracas Sur.
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