Visto y escuchado los alegatos tanto del representante del Ministerio Público y del Defensor Privada, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley. Acuerda: PRIMERO: Se DECRETA LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL de conformidad con el articulo 108 ordinal 4 del Código Penal, en relación con el artículo 109 ejusdem y por ENDE EL SOBRESEIMIENTO de la causa de conformidad con el articulo 318 ordinal 3 en relación con el artículo 48 ambos del Código Orgánico Procesal Penal en la causa seguida al acusado ROMAIN JAVIER SUAREZ RODRIGUEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V.- 13.266.234. SEGUNDO: Se ordena el cese de toda medida de coerción personal que pesaba sobre el acusado y como efecto su Libertad Plena. Quedan las partes Notificadas.
Regístrese y Cúmplase.