En fuerza de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Desistido el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la decisión del Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio de este mismo Circuito Judicial, de fecha, 24 de febrero de 2016, la cual queda confirmada. SEGUNDO: Sin lugar la demanda interpuesta por: BLADIMIR JOSÉ CAÑA, FRANCISCO RAMÓN HERNÁNDEZ GARCÍA, OLIVIA JOSEFINA FIGUEROA TUAREZ, VÍCTOR MANUEL GIMENEZ, EMIRO GUERRERO MÉNDEZ, ALBERTO JOSÉ MENDOZA PEÑA y MANUEL RODRÍGUEZ DÍAZ, titulares de las cédulas de identidad números: 6.182.022, 4.580.549, 5.513.775, 6.023.698, 5.891.379, 11.558.433 y 6.527.524, respectivamente; contra el BANCO CENTRAL DE VENEZUELA, creado por Ley del 08 de septiembre de 1939, como persona jurídica de D.....