Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL VIGESIMO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos y Bienes, existente entre los ciudadanos NANCY COROMOTO PISANI DE CUSUMANO y CLAUDIO ROSOLINO CUSUMANO DUARTE venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números V-18.269.381 y V-19.500.009, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ellos, en fecha 12 de marzo de 2013, ante el REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO BARUTA, ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, según consta de Acta de Matrimonio Nº 99, asentada en el libro de matrimonios correspondiente al año 2013.