Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA el DESISTIMIENTO del procedimiento incoado por la entidad de trabajo C.A., CIGARRERA BIGOTT, SUCS, contra la Providencia Administrativa Nº 242/2018, de fecha 27 de agosto de 2018, contenida en el expediente Nº 080-2016-01-03457, acto administrativo emitida por la Inspectoría del Trabajo "César Pipo Arteaga" de los Municipios San Diego, Naguanagua y Valencia: parroquias San Blás, San José, Rafael Urdaneta y Catedral del Estado Carabobo.
SEGUNDO: Se le otorga al presente desistimiento carácter de COSA JUZGADA y se declara terminado el presente proceso.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo.