Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por el ciudadano JHON ALEXANDER FRANKLIN CAPOTE, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.539.741, en contra de la Providencia Administrativa No.00099-18, de fecha 24 de abril de 2018, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN EL MUNICIPIO LIBERTADOR, SEDE NORTE, que declaró con lugar la solicitud de Calificación de falta incoada por la sociedad mercantil C.A. CENTRO MÉDICO DE CARACAS.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, aplicado supletoriamente de conformidad a lo establecido en el artículo 31.....