DECISION
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas Nro.1 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Resuelve: PRIMERO: Se observa un flagrante incumplimiento a las medidas impuestas como lo era acudir al Equipo interdisciplinario y a IREMUJER por lo que se ordena que deberá acudir semanalmente a IREMUJER y servir de facilitador bajo la supervisión de personal de ese Instituto a impartir el conocimiento adquirido a otros ciudadanos, se le impone la obligación de acudir al Equipo Interdisciplinario en un plazo no mayor de 24 horas. Se ordena la salida inmediata de la residencia y se le autoriza a que retire sus enseres y herramientas de trabajo para lo cual tiene un lapso de 48 horas y para ello se Oficia a la Comisaría de la Carucieña a los fines de que acompañe a la victima a la .....