Este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, se pronunció en los siguientes términos:
Visto que la acusación fiscal cumple con los requisitos previstos en el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, previa verificación de los fundamentos de la imputación presentados por la Fiscalía, surgen elementos de convicción de la autoría en el hecho ilícito imputado y los elementos probatorios legales, pertinentes y necesarios para la realización del juicio oral y público, en consecuencia se ADMITE LA ACUSACION fiscal por el delito imputado y calificado por la fiscalía como RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal Vigente contra el ciudadano ISMAEL DE JESUS VARGAS SAMANIEGO, C.I.: 10.763.779, por cuanto se evidencia del Acta Policial de fecha 30-03-2010, suscrita por los funcionarios adscritos a la Comisaría de Carora, de la Zona Policial Nº 7, de la Fuerza Armada Policial de este Estado, quienes .....