Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, se DECLARA INCOMPETENTE POR LA MATERIA para  conocer de la presente  causa y declina su competencia al Juzgado de Municipio de la Circunscripción Judicial del Are Metropolitana de Caracas (a quien corresponda por distribución).
En  consecuencia, remítase  el  expediente  mediante  oficio  al referido Juzgado de Municipio, una vez quede firme la presente decisión. 
	Publíquese, regístrese y déjese copia de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
	Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caraca.....