Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, da por consumado el acto, en consecuencia, declara HOMOLOGADO el pago efectuado lo cual origina la terminación del presente proceso. Por cuanto no hay nada pendiente que ejecutar en el presente expediente; este juzgado ordena el archivo definitivo de la presente causa. Remítase al archivo judicial.
No se condena en costas a la contribuyente porque a pesar de haberse ejecutado la vía judicial, para el momento de que la administración tributaria interpuso dicho recurso ante este tribunal, ya se había cancelado la planilla de liquidación emitida por el SENIAT