PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO formulada por la abogada en ejercicio Mary Anne Stuyvesant, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 206.664, actuando como apoderada judicial de la ciudadana Jesselle Paola Rincón Molero, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 24.952.749, según consta de poder otorgado ante el Notario Público Daniela C. Medina, en el estado de Tennessee, Estados Unidos de América, en fecha treinta (30) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024), debidamente apostillado bajo el Nro. 24-15805, ante la División de Servicios de Negocios, Departamento de Estado, en el estado de Tennessee, Estados Unidos de América, en fecha tres (03) de octubre de dos mil veinticuatro (2024).
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos Jesselle Paola Rincón Molero y Rubén Darío Barboza Parra, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 24.952.749 y 24.265.944, respec.....