En fuerza de lo anteriormente, expuesto este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO PORTUGUESA, EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN SECCIÓN ADOLESCENTE, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA CESACIÓN de la medida por muerte del sancionado (IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY), ya identificado plenamente de conformidad con el articulo 103 del Código Penal y el artículo 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Por cuanto la presente decisión, pone fin al proceso se ordena notificar a las partes y oficiar lo conducente a la Coordinadora de los Servicios Auxiliares adscrito a este Tribunal.
En Guanare, a los NUEVE días del mes de JULIO del año 2008.
La Juez de Ejecución,
Abg. Julet Coromoto Valera Carrillo
La Secretaria,
Abg. Gladys Antonieta Álvarez Armas