Seguidamente este Tribunal Tercero de Control Administrando Justicia, en Nombre de la Republica y por Autoridad de Ley, pasa a hacer el siguiente pronunciamiento: presentada como ha sido la Acusación por parte del representante de la Fiscalía del Ministerio Público, oído lo manifestado por la representación de la victima, así como los alegatos esgrimidos por la Defensa, se toman en consideración lo siguiente: PRIMERO: Se Admite Totalmente la ACUSACION presentada por la Fiscalía Primera del Ministerio Público en contra del ciudadano ALFREDO RAFAEL REYES, Venezolano, de 26 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.406.779, nacido en fecha 13-08-1981, soltero, de ocupación pescador, residenciado en la población La Esmeralda, calle principal, casa S/N, a una cuadra del modulo policial, Municipio Rivero, Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio del LUIS ROBERT.....