Por las razones precedentes, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, actuando en Sede Constitucional, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto en fecha 10 de marzo de 2009, por el abogado ELVIS A. ROSALES N., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 31.786, actuando como apoderado judicial del ciudadano ELIBERTO ORTEGANO QUINTERO, titular de la cédula de identidad Nº 9.258.282, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO PORTUGUESA.
SEGUNDO: SIN LUGAR, el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto en fecha 10 de marzo de 2009, por el abogado ELVIS A. ROSALES N., actuando como apoderado judicial del ciudadano ELIBERTO ORTEGANO QUINTERO, ambos antes identificados, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO PORTUGUESA.
Notifíq.....