Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Con lugar la apelación de la parte demandada contra la decisión del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de este Circuito Judicial, de fecha 16 de mayo de 2012, la cual queda revocada; y se repone la causa al estado de remitir los autos al juez de juicio que corresponda a los fines supra indicados. No hay imposición en costas dada la naturaleza de esta decisión.