Se consignó y publicó resolución declarando: 1.- PARCIALMENTE CON LUGAR las demandas interpuestas por los ciudadanos: Edwing E. Aponte A. y Carlos J. Merchán G., contra la sociedad mercantil denominada: "Halseca Asesores de Seguridad c.a.", ambas partes identificadas en los autos. 2.- No hay condena en costas por cuanto ninguna de las partes ha resultado totalmente vencida en este juicio en atención a lo previsto en el art. 59 LOPT. 3.- Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día de hoy -exclusive- en que vence el referido en el art. 159 LOPT para su publicación "in extenso". Publíquese y regístrese en el Diario.-