Se dictó y publicó decisión mediante la cual se proveyó sobre el escrito de pruebas presentado por la apoderada judicial de la parte actora de la siguiente manera: En cuanto a la prueba de exhibición promovida en los literales a, b, c, d y e, del Capítulo I del referido escrito, las admite cuanto ha lugar en derecho se requiere, por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes; En cuanto al mérito favorable de los documentos indicados en los num. 1, 2, 3, 4 y 5 del Capítulo II del escrito de promoción de pruebas, las admite cuanto ha lugar en derecho se requiere, por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la sentencia definitiva; En cuanto a la prueba de informes promovida en el Capítulo IV del mencionado escrito, se inadmite, por ilegal.