III
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
- PROCEDENTE el amparo cautelar solicitado en el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana GREISY REBECA MONTES SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad número 20.186.844, asistida por el abogado Luis Ángel Caruci, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 126.030, contra la DIRECCIÓN GENERAL DEL CUERPO DE POLICÍA DEL ESTADO LARA.
1.- Se SUSPENDEN los efectos del acto administrativo de destitución emitido por el Director del Cuerpo de Policía del Estado Lara, en fecha 25 de marzo de 2015, notificado en fecha 8 de junio de 2015, anexo al expediente Nº CPEL-OCAP-123-14, mediante el cual se declara la procedencia de la destitución del cargo d.....