VI
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por la demandada SAMUELA DELGADO AVENDAÑO; SEGUNDO: SE MODIFICA la sentencia definitiva dictada en fecha 10 de febrero de 2015, por el Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cumplimiento de contrato interpuesta por el ciudadano VÍCTOR MANUEL LELL AVENDAÑO, en contra de la ciudadana SAMUELA DELGADO AVENDAÑO; CUARTO: SE ORDENA a la ciudadana SAMUELA DELGADO AVENDAÑO dar cumplimiento al contrato celebrado en fecha 5 de octubr.....