DECISIÓN
Por los hechos y fundamentos legales antes explanados, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, procede a declarar CON LUGAR la acción de DAÑOS Y PERJUICIOS, intentada por el ciudadano PEDRO FINOL VILLALOBOS, en contra del ciudadano PEDRO GARCÍA y del INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA DEL MUNICIPIO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA, todos identificados en la parte narrativa del presente fallo, en consecuencia:
1) Se ordena a la parte demandada pagar a la parte demandante, la cantidad de CUATRO MILLONES QUINCE MIL BOLÍVARES (Bs.4.015.000.00).
2) Se ordena la corrección o indexación monetaria de la cantidad de dinero condenada a pagar, mediante Experticia Complementaria del Fallo, que deberá efect.....