En orden a los razonamientos expuestos éste Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara:
SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora.
SIN LUGAR la demanda incoada por la ciudadana ROSARIO MILAGROS INÉS ROJAS OBERTI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 21.585.130, de este domicilio, contra la UNIVERSIDAD DE CARABOBO, institución Nacional Autónoma, de este domicilio, creada mediante Decreto del Ejecutivo Nacional de fecha 15 de Noviembre de 1.892, y Decreto de Reapertura N° 100, de fecha 21 de Marzo de 1958, publicado en Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 25.617, de fecha 22 de Marzo del mismo año.
Quedan a salvo eventuales derechos que puedan corresponderle a la parte actora en relación a su verdadero patr.....