En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación de la parte actora; SEGUNDO: CON LUGAR la prescripción de las acciones de homologaciones o aplicación de tabulador convencional a las pensiones de jubilación de los accionantes, causadas antes del 01 de abril de 2006; TERCERO: SIN LUGAR la prescripción de las acciones para reclamar homologaciones o aplicación de tabulador convencional a las pensiones de jubilación de los accionantes, generadas a partir del 01 de abril de 2006. CUARTO: PARCIALMENTE CON LUGAR las demandas interpuestas por los ciudadanos: María Sánchez, Francisca Echezuría, César J. García, María Arza, Reina Cordero, Luís Rodríguez, Lino H. Molina, Luis Mora, Carlos Hernández, Juan Gutiérrez, Marí.....