V.- DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la apelación interpuesta en fecha 11.03.2010 (f. 118), por el abogado Nerio E. Lozada, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadana ANA TERESA FERNANDEZ., contra la sentencia interlocutoria con fuerza definitiva de fecha 02.03.2010 (f. 113 al 116), proferida por el Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró la Homologación a la Transacción celebrada entre los ciudadanos VITO ROBERTO MIRTOLINI SANSONE, MAURO MIRTOLINI y ANA TERESA FERNÁNDEZ , en fecha 19 de enero de 2010 en el presente juicio de Cumplimiento de Contrato arrendaticio por vencimiento de prorrog.....