Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA CONVERSION DE LA SEPARACION DE CUERPOS EN DIVORCIO formulada por los ciudadanos: EDUARDO SOTO RAMIREZ y YUDISLAY RODRIGUEZ MOYA, venezolano el primero y cubana la segunda, mayores de edad, el primero titular de la Cédula de Identidad Nos-V.-16.782.046 y la segunda con carnet de identidad N°. 83122125292, respectivamente. En consecuencia, QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que ellos habían contraído por ante la Dra. Felicitas Regla López Sotolongo, en el Sector La Playa, ciudad de la Habana en la Republica de Cuba, quedando anotada en el Registro Matrimonial, Tomo 228, folios 575, quedando inscrito bajo el N°.- 099, del día trece 13 de Agosto de dos mil siete 2.007, en el libro de inscripciones de Matrimoni.....