Este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 6 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Se admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Séptima del Ministerio Público, inserta a los folios 95 al 104 de las actuaciones, de conformidad con el artículo 330 numerales 2, 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la acusada ISABEL CRISTINA MÁRQUEZ, venezolana, natural de El Vigía, Estado Mérida, nacida en fecha 03/07/1953, de 59 años de edad, cédula de identidad Nº 3.961.525, de estado civil: soltera, residenciada en la Urbanización Lago Sur, Calle Santa Ana, Casa Nº 143-B, El Vigía, Estado Mérida, número telefónico 0414-755.61.44; por el delito de LESIONES PERSONALES CULPOSAS GRAVÍSIMAS, previsto y sancionado en el artículo 414 del Código Penal, en relación con el ordinal 2ª del articulo 429 eiusdem, en perjuicio del ciud.....