razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CONSUMADA LA PERENCIÓN, en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en el presente recurso contencioso administrativo funcionarial, interpuesto el abogado Isauro González Monasterio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 25.090, apoderado judicial del ciudadano OSWALDO OMAÑA, titular de la cédula de identidad Nº 1.587.864, contra el INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA Y SOCIALISTA (INCES).
Publíquese, regístrese y notifíquese, archívese el expediente en su debida oportunidad. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines legales previstos en los ordinales 3° y 9° del a.....