Se dicto sentencia interlocutoroa declarando DECLINA LA COMPETENCIA por la materia, al Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Líbrese Oficio y remítase la totalidad de las actuaciones en la oportunidad legal correspondiente.
Expídase por Secretaria copia certificada de la presente decisión y archívese.
Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.- Carora a los nueve de agosto de dos mil veintitrés. Años 213º de la Independencia y 164º de la Federación.
La Juez
Abg. Dolores María Malave
La Secretaria
Abg. Karemth Alcalá
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 027/2023 de las Sentencias Interlocutorias dictadas por este Tribunal, y se publicó siendo las 11:30 AM
La Secretaria
Abg. Karemth Alcalá