Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto, por los abogados JOSE DEL CARMEN GUZMAN H. y RAFAEL JOSE MARTINEZ H., en su carácter de Defensores del acusado JOSE LUIS NUÑEZ, contra la decisión de fecha 24-03-03, dictado por la Juez N° 3 del Tribunal de Control de este Circuito Judicial Penal, Extensión Puerto Cabello.