DISPOSITIVA
Este Tribunal en Funciones de control N° 1 administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley acuerda sustituir la Medida Cautelar de Detención Domiciliaria establecida en el artículo 256 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal de los ciudadanos VICTOR JOSE PEREZ EVIES Venezolano, de 32 años de edad, cédula de identidad N° 10.840.510 de profesión obrero, hijo de: MARIA INCOLAZA DE PEREZ y de VICTOR RAFAEL PEREZ residenciado en la Ruezga Sur sector 7 vereda 9 casa N° 3 en Barquisimeto Estado Lara y JEAN CARLOS SALAS titular de la cédula de identidad N° 1.487.761 venezolano de profesión u oficio guardia nacional, hijo de PASTORA SALAS y de CLAUDIO RAMON JOSE SANTANA, soltero de 26 años de edad, residenciado ruezga sur sector 7 calle 12 vereda 13 casa número 13, en la esquina del Proal, Barquisimeto Estado Lara. Por las establecidas en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal ordinales 3°, 4° y 6°. Presentac.....