´En base a las anteriores consideraciones de esta Sala Accidental de la Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones en lo Penal y Responsabilidad Penal del Adolescente de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Declara INADMISIBLE LA RECUSACIÓN planteada por los ciudadanos GUSTAVO JOSÉ SALAS MUÑOZ, GUSTAVO RAÚL SALAS MUÑOZ, GUSTAVO ADOLFO SALAS MUÑOZ y RUBÉN DARÍO SALAS MUÑOZ, en su condición de víctimas-querellantes, plenamente identificados en el asunto principal signado con el N° D-2023-65688, en contra del Abg. JESÚS MIGUEL YÉPEZ VALERA, quien funge como Juez a cargo del Juzgado Sexto de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, con fundamento en el artículo 89 numeral 8° del Código Orgánico Procesal Penal.SEGUNDO: En virtud de la presente resolución se ordena la remisión de la presente incidencia a los fine.....