DECLARA SIN LUGAR los Recursos de Apelación interpuesto por los Abogado CARLOS CORTES RIERA, MARIA LAURA RIERA Y LEOPOLDO NAVAS RODRÍGUEZ, en contra de la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control N° 10 de éste Circuito Judicial Penal (Extensión Carora), en la audiencia celebrada en fecha 12 de Junio de 2006 y debidamente fundamentada en fecha 13 de junio de 2006, mediante la cual decretó Medida Judicial de Privación Preventiva de Libertad, conforme a los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, a los imputados JOSÉ DE JESUS TERAN, AGUSTÍN RAMÓN ALVAREZ HERNÁNDEZ Y DANNY RONALD TERAN PINTO, por la presunta comisión de los delitos de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DE DELITO, previstos y sancionados en los artículos 277 y 472 del Código Penal.