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					| Decisiones del dia 09/10/2007 |  
 
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					      | N° Expediente :
								117-07 | N° Sentencia : | Fecha: 09/10/2007 |  
					  | Procedimiento: Daños Y Perjuicios
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					  | Partes: EJECUTANTE: EVA GÓMEZ DE SOUSA, LIDIA MARÍA DE SOUSA GÓMEZ Y ELSA DE SOUSA GÓMEZ EJECUTADO: LUCÍA CABALLERO VILLAMIZAR.
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						| Resumen: 
 "En cumplimiento de la comisión, este Juzgado Sexto, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARO EMBARGADO EJECUTIVAMENTE hasta cubrir la cantidad decretada por el Comitente de CIENTO DIECIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS DIECISEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE BOLÍVARES CON DIECIOCHO CÉNTIMOS (Bs. 118.416.667,18) sobre el siguiente bien inmueble: Parcela de terreno y la Casa-Quinta sobre ella construida, situada en la Calle Colón Nro. 22, de la Urbanización Los Caobos, Jurisdicción de la Parroquia El Recreo, Municipio Libertador del Distrito Capital.; y consecuencialmente se declara la desposesión jurídica del mismo de conformidad con el articulo 536 del Código de Procedimiento Civil y se puso en posesión jurídica a la Depositaria Judicial La R.C., C.A., en la persona de su representante ciudadano CARLOS GREGORY BERMUDEZ, antes identificado, quien aceptó conforme en nombre de su representada..." |  
						| Juez/Ponente: Zulay Bravo Durán
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						| Organo: Juzgado de Municipio Sexto Ejecutor de Medidas
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					      | N° Expediente :
								AP51-S-2007-016265 | N° Sentencia : | Fecha: 09/10/2007 |  
					  | Procedimiento: Curatela
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					  | Partes: JOSE ARGENIS CHACON GARCIA
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						| Resumen: 
 este Tribunal vistos y examinados como han sido todos los recaudos y vista asimismo la aceptación al cargo de Curador Ad-Hoc hecha por el ciudadano ALIRIO ALBERTO ALVARADO BRICEÑO,  venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad número V-13.884.974, acuerda en uso de sus facultades legales y  de acuerdo a lo establecido en el Artículo 110 del Código Civil, DISCERNIR en la persona del ciudadano ALIRIO ALBERTO ALVARADO BRICEÑO, antes identificado, el Cargo de CURADOR AD-HOC, de los adolescentes SSSSSSSSSS y SSSSSSSSSSSSSSSSSS de quince (15) y dieciséis (16) años de edad, respectivamente. Expídase por secretaria copias certificadas del escrito de solicitud, del acta de juramentación y del presente auto, a los fines legales pertinentes. Cúmplase lo ordenado.- |  
						| Juez/Ponente: Mairim Ruiz Ramos
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						| Organo: Sala Décimo de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
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