Declarado INADMISIBLE el Recurso Contencioso Tributario interpuesto, en virtud de que la ciudadana Ana Rafaela Rojas viuda de Valecillos, quien dijo actuar en su carácter de representante legal de la SUCESIÓN FILADELFO VALECILLOS no demostró su cualidad e interés para actuar en el presente juicio. Así lo establece el literal b) del artículo 192 del Código Orgánico Tributario de 1994, en concordancia con lo dispuesto en el ordinal 2° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil y numeral 1 del artículo 124 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, aplicable rationae temporis.