Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Joel Eduardo Mendoza Casaña, titular de la cédula de identidad Nº 14.385.408, asistido por el abogado Andrés Salazar Ruiz, Inpreabogado Nº 69.791, contra el incumplimiento de la Institución FUNDAPATRIMONIO-ALCALDÍA DE CARACAS, a acatar la Providencia Administrativa Nº 072-07 dictada en fecha 25 de enero de 2007 por la Inspectoría del Trabajo en el este del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: Se ADMITE la acción de amparo constitucional interpuesta, en consecuencia se ordena notificar al ciudadano Presidente de la Institución "FUNDAPATRIMONIO ALCALDÍA DE CARACAS"; así como a la ciudadana Fiscal General de la República Bo.....