En fuerza de lo antes expuesto, es por lo que este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral del Estado Carabobo, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE LA DEMANDA interpuesta por los ciudadanos VICTOR JESUS LUGO, PEDRO GARRIDO, BAUDILIO CAMACHO, FREDDY GOMEZ, JOSE MENDEZ, JUAN GONZALEZ, JULIO GARRIDO, FELIPE ORDOÑEZ, CRISTOBAL OROZCO, ANGEL ROJAS, JUAN JOSE PALENCIA VERAS, JOHNNY ALBERTO FERNANDEZ ALMERIDA, PEDRO JOSE GAMEZ, LUIS FELIPE AULAR LOZADA, ANGEL RAFAEL ROBLES BARRETO, RAMON ANTONIO RIVERO ORTIZ, JUAN JOSE MOTA RODRIGUEZ; JOSE DAVID JIMENEZ, LUCINDO JOSE LOPEZ, MAURO BOZO; supra identificados; contra la entidad de trabajo TRANSPORTE SILPEKA, S.A.; y advierte a la parte actora, que por cuanto lo que se esta declarando es la inadmisibilidad de la demanda, y no la perención de la instancia, podrá intentar a partir del día hábil sigu.....