´Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Portuguesa con sede en Acarigua, conforme al artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley INADMISIBLE la presente demanda incoada por el ciudadano FRANCISCO JAVIER SANCHEZ SUAREZ, titular de la cédula de identidad número V- 5.948.886, contra la empresa TINTORERIA Y LAVANDERIA PAEZ, S.R.L.
Regístrese y Publíquese la presente decisión, a los nueve días del mes de octubre de 2024.
La Juez, La Secretaria,
Abg° Romi L. Arape E. Abg° Nohemi Rojas.
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