(...)
"....Por los argumentos anteriormente expuestos, este Juzgado Quinto (5°) Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: IMPROCEDENTE la solicitud de medida preventiva de embargo solicitada por la parte actora, ciudadana LUZNELY BERNAL MARTÍNEZ contra las empresas ENFOCONFOCAL, NDO-TEK, ENDOSALUD SERVICIOS, A.P., GASTRO BARIAT, ENDOSCOPIA TERAPÈUTICA y PHD ENDOSCOPY, en la persona del ciudadano ALBERTO BAPTISTA MANCHERA, en su carácter de DUEÑO y PROPIETARIO; y contra ALBERTO BAPTISTA MANCHERA, de forma solidaria; y contra los ciudadanos LILIANA JOSEFINA RODRÌGUEZ TEIXEIRA, FREDDY ZAMBRANO, JOSÈ ROBERTO SOTO, RAFAEL RAMÒN GIL VALDERRAMA y KATIUSKA VALENTINA MARÌN CAMPOS, demandados, en su carácter de socios de la empresa PHD ENDOSCOPY. Así se decide. Cúmplase y déjese copia de la presente .....