DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos expuestos, esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Declara CON LUGAR el Recurso de Revisión de sentencia interpuesto por el penado MIGUEL ALBERTO VISCAYA LOPEZ, titular de la cédula de identidad Nº 11.521.735, conforme a lo establecido en el artículo 470.6 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Modifica la pena que fuera impuesta a dicho ciudadano en sentencia de fecha 18 de Junio de 2004 por el Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio N° 05, de este Circuito Judicial Penal, quedando la pena que en definitiva deberá cumplir, en CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el Segundo Aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo d.....