este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Función de Control de este Circuito Judicial Penal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Con fundamento en el artículo 280, 373, 256 numerales 3 y 5 del Código Orgánico Procesal Penal, se dictó el siguiente pronunciamiento. PRIMERO: Se decretó la continuación de la investigación por el Procedimiento Ordinario. SEGUNDO: Se decreta medidas cautelares sustitutivas de libertad, como es la presentación cada quince días y prohibición de frecuentar lugares donde se expendan bebidas alcohólicas o cualquier tipo de drogas; a favor de JOSE GREGORIO HERNÁNDEZ RIVERO, titular de la Cédula de Identidad No 17.858.792, por la presunta comisión del delito de POSESIÓN DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, tipo penal previsto en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. TERCERO: Se ordenó practicar evalua.....