declarar la REPOSICIÓN de la presente causa al estado de admitir nuevamente la demanda, concediendo a la parte codemandada Sociedad Mercantil UNISALUD-UNIDAD ADMINISTRADORA DE SALUD, C. A., un término de la distancia de siete (07) días continuos. Como consecuencia del anterior pronunciamiento se declara la nulidad de todos los actos posteriores al Auto de admisión de la presente demanda. Líbrese Boletas.