Por las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por los abogados ALEXIS PINTO D´ASCOLI y GUSTAVO URDANETA TROCONIS, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 12.322 y 19.591 respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana MARÍA M. SALAZAR, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 996.070, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA VIVIENDA Y HÁBITAT, hoy MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, en consecuencia:
1.- SE ORDENA: Al Ministerio del Poder Popular para las Obras Públicas y Vivienda, el pago de la cantidad que resulte por concepto de diferencia del Retroac.....