Se Decalró Sin Lugar la INTERDICCIÓN solicitada por la ciudadana JOSEFINA GONZÁLEZ DE MENDOZA, a favor del ciudadana CARMEN VERÓNICA GARCÍA GONZÁLEZ, dado que no se dio cumplimiento a la formalidad de la averiguación sumara tal y como lo ordena la norma adjetiva a efectos de declarar la interdicción provisional. Consúltese con el Superior respectivo, tal y como lo establece el artículo 736 del Código de Procedimiento Civil.