En mérito de lo anteriormente expuesto, el Juez Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Se ordena la remisión del presente asunto al Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, debido a que el escrito de formalización del recurso pertenece a la competencia funcional de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, asunto KP02-R-2016-618 (nomenclatura de la segunda instancia).
SEGUNDO: Se da por terminado el asunto KP02-S-2016-6317 en el Sistema Juris 2000.