Por todas las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Se CONFIRMA la sentencia consultada, dictada por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 17 de febrero de 2017, en la cual se declaró CON LUGAR la solicitud de interdicción presentada por la ciudadana GLADIS ISOLA DURAN DE DAZA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-1.559.731, en su carácter de madre de la ciudadana GLADYS ILZE DAZA DURAN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-9.487.866.
Publíquese, regístrese, diarícese y remítase el expediente en .....