Este Tribunal Unipersonal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Se ABSUELVE, a los ciudadanos: DERVIS JOSÉ GOYO BARRIOS y HUGO ANTONIO TORREALBA, ampliamente identificados en autos, del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código penal, en perjuicio de la Carnicería La Merideña, el día 29-07-05. Se ordena sus libertades plenas desde la Sala de Audiencias.
SEGUNDO: Se encuentra CULPABLE al ciudadano HÉCTOR MANUEL ARRIECHI, ampliamente identificado en autos, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO Y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DE DELITOS, previsto y sancionado en los artículos 457, 277 Y 472 del Código Penal; en consecuencia, se CONDENA A CUMPLIR LA PENA DE 11 AÑOS Y 2 MESES DE PRESIDIO, más las accesorias de ley, previsto en el artículo 16 ejusdem, a saber:
1. La inhabilitación polític.....