Este Juzgado Cuarto del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la pretensión de RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO propuesta por la sociedad mercantil BANESCO BANCO UNIVERSAL Sociedad Mercantil domiciliada en caracas, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en fecha 13/06/1977, Bajo el Nº 1, Tomo 16-A, contra el ciudadano JOSE ANTONIO GOMEZ ARIAS, titular de la cedula de Identidad Nº 11.879.328. En consecuencia, se declara resuelto el contrato de de venta con reserva de dominio celebrado entre las partes por ante la Notaria Pública Primera de Barquisimeto bajo el Nº 1033, de fecha 09 de diciembre de 2009, sobre un vehículo cuya características son las siguientes Placas: A09BA9A, MARCA: CHEVROLET, MODELO NPR CAB AÑO; 2009, COLOR: BLANCO, SERIAL DE CARROCERIA: 8ZCFNJ1Y89V409432; SERIAL DE MOTOR.....